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Elecciones 2017 - justificación de la no emisión del voto (Primarias PASO – 13 DE AGOSTO  2017)

 

¿Quiénes NO necesitan justificar la no emisión del voto?

  • Los residentes en el exterior que hayan hecho el cambio de domicilio en su DNI hasta el 25 de abril de 2017, para quienes el voto no tiene el carácter obligatorio

¿Quiénes necesitan justificar la no emisión del voto en los sesenta (60) días POSTERIORES a las primarias, a fin de no formar parte del registro de infractores al deber de votar?

  • Los turistas o quienes se encuentran de paso en el exterior a partir del día 13 de agosto
  • Los residentes argentinos en el exterior al 13 de agosto que no hayan hecho el cambio de domicilio en su DNI hasta el 25 de abril de 2017

Opción 1: de manera online, sin necesidad de concurrir a la Embajada,a través de la página web http://infractores.padron.gov.ar, a partir del mismo día de las elecciones y por un lapso de 60 días posteriores. Deberán acceder a la opción "Acceso Público", ingresar su número de DNI, sexo y distrito y completar el código de verificación solicitado por el sistema. Ingresando en el botón Justificar, deben seleccionar la causal correspondiente, en este caso "Distancia mayor a 500km" (o hallarse fuera del territorio de la República Argentina). Luego deberán adjuntar la documentación que acredite el motivo que invocan (imagen de certificación policial, pasaporte sellado, etc.) e informar un teléfono y un correo electrónico. En un plazo aproximado de 48 hs. Luego de realizada la solicitud, la Cámara Nacional Electoral enviará a la dirección de correo electrónico proporcionada la constancia de trámite, consignando el cambio de estado en el Registro de Infractores al deber de votar.

Opción 2: quienes regresen a Argentina en los 60 días posteriores a la elección, podrán

  • Presentarse ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en la República (http://www.electoral.gov.ar/secretarias.php)
  • Presentarse en la Cámara Nacional Electoral: Leandro N. Alem 232, Ciudad de Buenos Aires

Opción 3: los turistas en el exterior al día 13 de agosto o residentes en el exterior sin el cambio de domicilio en su DNI al 25 de abril de 2017 podrán, si lo desean, solicitar la justificación en la Embajada, en el horario habitual de lunes a viernes de 9 a 17 horas, a partir del lunes 14 de agosto y hasta 60 días posteriores al 13 de agosto.

 

 

Fecha de Publicación : 14/08/2017